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América Móvil debe prestar interconexión a sus rivales más pequeños

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Un nuevo fallo emitido por la Suprema Corte de la Nación negó el amparo que había introducido Teléfonos de México (Telmex) a través del gigante de las telecomunicaciones América Móvil, mismo que intentaba impugnar los artículos 127, 133 y 138 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión del año 2014.

A través de este fallo, la Corte ha declarado con normativa constitucional la definición que se tiene sobre los servicios de interconexión en esta industria, así como la obligación de que presten estos servicios y finalmente compartir la infraestructura con su competencia.

Ente los servicios de interconexión que estaría obligado a prestar se encuentran entre otros la conducción de tráfico, mensajes y llamadas cortas, señalización y puertos de acceso. Además, de que deja a juicio del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de incluir otros servicios a esta rama de la interconexión, a lo que Telmex ha respondido que esta facultad viola derechos seguridad en materia jurídica.

Los magistrados de la Suprema Corte han alegado que la interconexión es parte de un servicio público aunque se encuentre concesionado, razón por la cual Telmex, a través de América Móvil no gozaría de ningún dominio y la mantiene sujeta a las obligaciones de ley que se dispongan en este sector.

Este nuevo fallo, que daría ventaja a los rivales más pequeños de América Móvil estaría enmarcado en la reciente reforma que intenta eliminar los excesivos costos en el sector, lo que a su vez permitiría la ampliación del número de usuarios suscritos y bajar los precios por concepto de conexión, aunque desde un principio ha estado sumamente criticada por la empresa.

Esta no es la única vez que América Móvil ha intentado impugnar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión pues desde su promulgación ha promovido decenas de amparos en la mayoría de aspectos por los cuales se ha sentido afectada. Sin embargo solamente en 2017 la Corte ha fallado a su favor cuando  eliminara la prohibición de cobro de tarifas por concepto de interconexión a sus concesionarias.

Redacción: mexicoemprendiendo.com